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Requisitos para viajar al Exterior los Argentinos

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Requisitos para viajar al Exterior los Argentinos

Nota Mié 29 Dic, 2010

En esta fechas en que se aproximan las vacaciones y muchos desean viajar al exterior, la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, brinda información sobre lo que esta permitido llevar y traer como así también que documentación es necesaria en el momento de cruzar la frontera y las mercaderías que están libres de impuestos, para evitar tener un dolor de cabeza y que el tan ansiado descanse no comience o termine mal.


Antes de salir de vacaciones con destino a algún país limítrofe o destino más lejano, es necesario conocer los requisitos indispensables para pagar menos franquicias de impuestos tanto al egresar o regresar al país.


La AFIP difundió la Gacetilla Nº 2.795 el día 9 de diciembre de 2010, con todo lo que se debería saber antes de cruzar la frontera.


Conozca que se puede llevar consigo libre de impuestos:

* Usted puede llevar en su equipaje tanto sean efectos nuevos o usados que no tengan finalidad comercial como también otros bienes comprados en el país hasta un límite de u$s 2.000.-, siempre y cuando los productos sean de libre exportación, llevando consigo la correspondiente factura de adquisición.
* Obras de arte y antigüedades deben contar con la licencia previa de exportación otorgada por la Dirección Nacional de Artes Visuales o la Dirección Nacional de Museos, según corresponda.
* Puede llevar bienes sujetos a control sanitario con previa autorización del organismo competente, por ejemplo el SENASA, si quiere viajar con mascotas.
* Se debe tener en cuenta que si se lleva algún elemento electrónico importado, como puede ser una cámara fotográfica, filmadora, computadora portátil o cualquier otro, deberá obligatoriamente declararlo, antes de su salida al exterior, ante la Aduana completando un formulario (OM 121). Y cuando regresa, deberá presentar ese mismo formulario para que no le exijan el pago de impuestos.

Dinero:

* Solamente le esta permitido sacar de la República Argentina montos que no superen los u$s 10.000. Sí necesita superar dicho monto, lo deberá hacer a través de entidades financieras y cambiarias con las autorizaciones correspondientes. El monto antes mencionados es para mayores de 16 años o menores emancipados.
* Menores de 16 años no emancipados que viajan, pueden salir del territorio con un importe máximo de u$s 5.000.
* Los pesos argentinos quedan exceptuados de esta limitación, pero igualmente debe declararlos en Aduana mediante un formulario, cuando el importe total a egresar sea igual o superior al equivalente a u$s 10.000.

Se utilizará para la conversión de monetaria, la referencia del tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina, correspondiente al día hábil anterior al de la salida del país. Sí bien se menciona dólares es para unificar el tipo de moneda, pero se considera ese importe o su equivalente en otros billetes, metales preciosos y cheques de viajero.

Fuente AFIP
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